COMUNIDAD VALENCIANA
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El Supremo impone la prisión permanente revisable al asesino de Marta Calvo y de otras dos mujeres con las que mantuvo relaciones sexuales

"Lo único que quiero ahora es encontrar el cuerpo de mi hija", afirma Marisol, la madre de Marta Calvo, que espera que Jorge Ignacio Palma "no vuelva a ver jamás la luz del sol"

La madre de Marta Calvo, muy emocionada tras conocer que el asesino de su hija tendrá prisión permanente revisable
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"Matar a tres mujeres sale barato", lamentaba la madre de Marta Calvo cuando supo que el asesino de su hija no iba a ser condenado a prisión permanente revisable. Sin embargo, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo impone ahora la pena máxima al asesino de Marta Calvo y ha elevado a 140.000 euros la indemnización que debe pagar a sus padres en concepto de responsabilidad civil por el asesinato de su hija.

También ha confirmado una pena de 137 años de prisión por la muerte de otras dos mujeres y el intento de acabar con la vida de otras seis durante encuentros sexuales con consumo de cocaína entre junio de 2018 y noviembre de 2019.

"Estoy muy orgullosa después de tantos años luchando", confirma en declaraciones a este diario Marisol, la madre de Marta Calvo cuyo cuerpo en realidad nunca se encontró. "Lo único que quiero ahora es encontrar el cuerpo de mi hija", insiste, pues su asesino, Jorge Ignacio Palma, nunca confesó dónde ocultó el cadáver que previamente descuartizó. "No creo que lo vaya a decir nunca porque es mala persona", admite entre lágrimas Marisol minutos después de conocer la sentencia.

El tribunal ha estimado parcialmente el recurso de las acusaciones particulares contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, que había impuesto una sola pena para los tres asesinatos consumados y no aplicó la pena de prisión permanente revisable que solicitaron las acusaciones por el asesinato de Marta Calvo, el tercero de los que cometió Jorge Ignacio Palma.

La Sala, sin embargo, considera que cabe imponer esta pena máxima de prisión por un tercer crimen a los "asesinos en serie" que en un mismo proceso, juicio y sentencia tengan dos condenas previas por asesinato, como ocurre en este caso. El tribunal concluye que se dan los requisitos del artículo 140.2 del Código Penal que prevé la imposición de la citada pena al "reo de asesinato que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas": un crimen más dos anteriores.

Jorge Ignacio Palma, durante el juicio en Valencia.
Jorge Ignacio Palma, durante el juicio en Valencia.EFE

Los hechos probados describen que el condenado se citaba con las mujeres para tener relaciones sexuales a cambio de dinero, si bien luego les introducía cocaína en grandes cantidades por sus órganos sexuales contra su voluntad y sin su consentimiento. Fue esta práctica la que acabó provocando la muerte de las tres víctimas, además de que estuvo a punto de hacerlo con otras seis. Si no murieron fue porque lograron salvar su vida al desplazarse a centros hospitalarios antes de que la cocaína hiciera efecto.

Un tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Valencia condenó al acusado a 159 años y 11 meses de prisión como autor de un delito contra la salud pública, un delito contra la libertad e indemnidad sexuales, seis delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con seis delitos de asesinato alevoso en grado de tentativa y de tres delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con tres delitos de asesinato alevoso consumados, con la agravante de discriminación por razón de género. Asimismo, le impuso el pago de indemnizaciones que ascendían a 640.000 euros a las siete víctimas vivas y a los familiares de las tres fallecidas.

Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia de Valencia modificó la sentencia de instancia solo para elevar de 70.000 a 90.000 euros la indemnización que en concepto de responsabilidad civil debían recibir los padres de Marta Calvo, que reclamaban 150.000 euros.

En realidad, la decisión del Supremo de imponer la pena de prisión permanente revisable se justifica por el crimen de Marta Calvo, al entender que no se exige la existencia de condenas firmes previas al crimen cometido, sino que la pena máxima se aplica también a los "asesinos en serie", que es lo que en este caso ocurrió: antes de matar y descuartizar a Marta Calvo, Palma acabó con la vida de otras dos mujeres con el mismo procedimiento.

Según el Supremo, se puede aplicar la prisión permanente revisable en la misma sentencia en la que se trata el "enjuiciamiento conjunto" de los crímenes cometidos. Y añade que "hay que tener en cuenta que tanto los asesinatos en serie cuando es descubierto el autor por uno de ellos y se enlaza la investigación, como en este caso ha ocurrido, y los asesinatos múltiples cometidos al mismo tiempo se juzgan en unidad de acto por todos los crímenes perpetrados".

Es más, la sentencia argumenta que "en el caso analizado se trata, como se cita por la criminología, el supuesto del 'depredador letal' al cometer los hechos en serie con la presencia de la 'compulsión por matar'". No en vano, mató a tres mujeres y estuvo a punto de hacerlo con otras seis con el mismo método.

"Tenemos que decir que cuando el legislador del año 2015 introdujo la pena de prisión permanente revisable en el artículo 140.2 CP, indudablemente que estaría pensando en supuestos como el aquí contemplado, que es de una gravedad absoluta con desprecio absoluto a la vida de las víctimas, y sin importarle cuál sería la consecuencia de sus actos, al punto de que en el caso de Marta Calvo la descuartizó tras haberla asesinado", afirma el fallo, que subraya que el asesino "era plenamente consciente de las consecuencias de su proceder y de lo que de ello se iba a derivar, sin importarle para nada la vida de Marta, como tampoco le importó la de las anteriores víctimas por los hechos que iba cometiendo".

Según el Supremo, en este caso "resulta evidente la crueldad con la que se han perpetrado estos hechos y el desprecio a la vida de las mujeres aprovechando su vulnerabilidad, así como el comprensible estado en el que dejan a las familias de las víctimas marcadas de por vida por estos crímenes y con el sufrimiento añadido que ello conlleva."

Además, la sentencia confirma la agravante de género, ya que el condenado quedaba con mujeres que ejercían la prostitución y eran vulnerables. Lo hacía, por tanto, "en un beneficio personal y en una clara actuación de sumisión y dominación sobre las víctimas que trabajan en un centro de prostitución, sin importarle que, finalmente, perdieran la vida".

"Hemos luchado para que este asesino no vuelva a ver jamás la luz del sol. Que se pudra en la cárcel", insiste Marisol. "No es venganza, es justicia", subraya la madre de Marta Calvo, quien reconoce que "por fin" puede pasar página al "calvario judicial". "Su peor error -agrega en referencia a Jorge Ignacio Palma- fue hacerle daño a mi hija".

Según el portavoz de la familia, Mariano Navarro, "lo que se ha conseguido con la pena máxima supone un hito en la historia legal de este país". "La alegría es indescriptible porque se pone punto final a la lucha de una madre en memoria de su hija", sentencia.